viernes, 28 de enero de 2011

COMENZÒ LA CUENTA REGRESIVA PARA LIBERACIÓN DE 5 SECUESTRADOS

Por: Redacción eltiempo.com 8:38 a.m. 28 de Enero del 2011

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Mindefensa ya firmó el protocolo de seguridad. Sólo falta que Farc entreguen las coordenadas.

EL TIEMPO.COM confirmó que el ministro Rodrigo Rivera firmó el protocolo para dar vía libre a las liberaciones.

En la mañana, se conoció que las Farc aceptaron el documento donde se establecen los pasos paras avanzar en el regreso a casa de 5 secuestrados.

Por su parte, la ex senadora Piedad Córdoba, afirmó que las liberaciones serán en tres puntos diferentes.

Córdoba, en rueda de prensa tras reunirse con el Gobierno y el CICR, dijo que "a más tardar los dos primeros días de la semana entrante" tendrá en su poder las coordenadas con la ubicación exacta de los tres puntos donde se realizará el operativo.

"Las personas ya están en los sitios donde serán entregadas. Colombianos y Colombianas por la paz, así como el Gobierno, contactarán a los familiares", agregó la ex congresista quien reveló que, a diferencia de otras liberaciones, los miembros de esa organización "no irán a los aeropuertos ni a participar en nada con medios".

Los secuestrados que serán liberados son:
- El cabo del Ejército Salín Antonio Sanmiguel Valderrama, secuestrado en la toma a la vereda El Tambo (Tolima) el 23 de mayo de 2008.
- El infante de Marina Henry López Martínez, secuestrado en San Vicente del Caguán (Caquetá), el 23 de mayo del 2010.
- El capitán de la Policía Guillermo Javier Solórzano, secuestrado el 4 de junio del 2007 en Florida (Valle).
- El concejal Marcos Baquero, secuestrado en la vía que comunica a San José del Guaviare con la vereda La Carpa, el 28 de junio del 2009
- El concejal José Armando Acuña Molina, secuestrado en Garzón (Huila), el 29 de mayo del 2009.
Listo el protocolo

En el protocolo de se acordó el cese de operaciones militares en un término de 36 horas en las zonas de las liberaciones. Su contenido es el siguiente:
PROTOCOLO
1. El protocolo de seguridad establece que el CICR comunicará al Ministerio de Defensa, al Comando General de las Fuerzas Militares y a la Dirección General de la Policía Nacional antes del inicio de la operación humanitaria los desplazamientos de las aeronaves que se utilizarán para ingresar al país y para llegar a los puntos de concentración, sus características, los nombres e identificación de los tripulantes y pasajeros.
2. Las aeronaves ingresarán al - y regresarán del - país con los emblemas del CICR y con presencia de uno de sus delegados a bordo.
3. El CICR notificará al Ministerio de Defensa, al Ejército y a la Policía, en la tarde (hasta las 19h00 horas) de la antevíspera del día de cada operación, el área geográfica en donde se desarrollará la operación humanitaria.
4. El Ministerio de Defensa se compromete a que una vez recibidas y aprobadas las anteriores comunicaciones suspenderá o cancelará todo tipo de actividad militar y policial o de operaciones militares y policiales en el área geográfica que el CICR le haya comunicado, a partir de las 6:00 p.m. del día anterior a la operación y hasta las 6:00 a.m. del día siguiente a la operación.
5. En el caso de que se realicen varias operaciones humanitarias, es importante que no se inicie una hasta que no haya finalizado en su totalidad la anterior.
6. Quedarán suspendidos los sobrevuelos de aeronaves militares y civiles en el área geográfica determinada. Vuelos comerciales que por razones técnicas deban volar por debajo de los veinte mil pies de altura deberán desviarse fuera del área geográfica en donde se realice la operación o posponerse.
7. El Ministerio de Defensa suspenderá todo tipo de movimientos, operaciones militares y movilización de tropas por vías terrestres o campo abierto, por vías fluviales y desembarcos de tropas aerotransportadas o por embarcaciones fluviales en el área geográfica, durante el tiempo tenga duración la respectiva operación humanitaria.
8. Si hay una emergencia medica y la necesidad de evacuar enfermos o heridos de la Fuerza Publica presentes en el área geográfica determinada, la evacuación médica se ejecutará por el CICR, por vía terrestre, fluvial o aérea. En tal caso, el Ministerio de Defensa informará por escrito al CICR.
9. En el evento de que por fuerza mayor, dificultades meteorológicas o cualquier otro imprevisto el CICR considere que la operación deba demorarse más tiempo que el previsto lo comunicará cuanto antes al Ministerio de Defensa.
10. El comandante de la tripulación brasilera a cargo de la operación logística podrá decidir en cualquier situación que considere de riesgo técnico o de cualquier otra naturaleza suspender el vuelo. En este caso y si la operación está aplazada hasta el día siguiente, las operaciones militares y policiales permanecerán suspendidas por 24 horas adicionales.
11. En caso de cancelación de la operación, el CICR informará al Ministerio de Defensa Nacional y se podrán reiniciar operaciones militares y policiales en el área geográfica determinada no antes de 12 horas después de que todas las partes (lo que incluye a las FARC-EP) hayan sido informadas de la cancelación de la operación. El computo de las 12 horas empezará después de una notificación explicita y escrita del CICR al Ministerio de Defensa en este sentido.

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